Uno de los imputados fue condenado a 3 años de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de robo agravado por efracción, por un hecho cometido el 21 de marzo de 2018, aproximadamente a las 11 horas en la ciudad de Ushuaia.
Según el Código Penal, la efracción es el delito contra la propiedad que se concreta cuando una persona se apodera de algo ajeno y para cometer el robo, rompe un objeto, perfora o fractura una pared, cerco, techo o piso, puerta o ventana de un lugar.
Además, los jueces dejaron sin efecto la declaración de rebeldía que recaía sobre ese hombre, y ordenaron su inmediata libertad hasta que quede firme la sentencia.
Por su parte, el otro hombre recibió la misma pena, de 3 años de prisión de cumplimiento efectivo por los delitos de robo agravado por efracción en concurso real con robos reiterados -2 hechos- y hurto en concurso ideal con estelionato. Cabe mencionar que vender como propios bienes ajenos valiéndose de engaños defraudatorios se considera un delito de estelionato.
Los hechos fueron cometidos el 19 de febrero de 2018, en un local comercial de electrónicos; el 21 de marzo de 2018, en una vivienda particular de la que sustrajeron varios elementos; y el 2 de julio de 2018 en dos comercios de indumentaria de la ciudad.
Cabe mencionar que éste último imputado deberá someterse a tratamiento psicoterapéutico en orden a sus adicciones, mientras dure su disposición o sea necesario de acuerdo con criterio médico, según lo estableció el Tribunal de Juicio.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el miércoles 24 de abril, a las 19 horas.
El Tribunal de Juicio en lo Criminal estuvo presidido por el Dr. Maximiliano García Arpón, con las vocalías de los Dres. Rodolfo Bembihy Videla y Alejandro Pagano Zavalía.
En tanto, el Ministerio Público Fiscal fue representado por el Dr. Daniel Curtale, y la defensa de los imputados la ejerció el Defensor Mayor del DJS, Dr. José María Fernández López, junto al Defensor Público Juan Carlos Núñez.
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